Informe de auditor de subvenciones: contenido y modelo

El informe de revisión de la cuenta justificativa no es una auditoría de cuentas al uso. No da una opinión: describe lo que el auditor ha comprobado y los hechos que podrían ser un incumplimiento. En el sector público estatal, su contenido mínimo está fijado en el artículo 7 de la Orden EHA/1434/2007, que incluye un modelo.

En resumen

  • El informe de auditor de una subvención es un informe de revisión, no una opinión: detalla las comprobaciones y los posibles incumplimientos.
  • Su contenido mínimo está en el art. 7 de la Orden EHA/1434/2007. Algunos programas (CDTI, PERTE) tienen su propio modelo.
  • El auditor pedirá bases, resolución, cuenta justificativa, facturas, pagos, contabilidad, ofertas y declaraciones de otras ayudas.
  • El encargo se formaliza en un contrato con calendario, confidencialidad y honorarios fijados de antemano.

Contenido mínimo del informe

Según el artículo 7 de la Orden EHA/1434/2007, el informe identifica:

  1. Al beneficiario y al órgano que designó al auditor.
  2. Al órgano gestor de la subvención.
  3. La subvención, con la resolución de concesión y sus modificaciones.
  4. La cuenta justificativa revisada, que se adjunta como anexo, y la responsabilidad del beneficiario en su preparación.
  5. La norma aplicada: la Orden y la normativa reguladora de la subvención.
  6. Los procedimientos realizados y su alcance. Si hubo muestreo, el método, el tamaño de la muestra y el porcentaje de deficiencias.
  7. Si el beneficiario facilitó toda la información solicitada.
  8. El resultado: los hechos observados que pudieran suponer un incumplimiento, con detalle suficiente para que el órgano gestor pueda concluir.

El informe va firmado por quien lo haya realizado, con la fecha de emisión (art. 7.10).

Algunos programas publican su propio modelo de informe (por ejemplo, el CDTI o las instrucciones de los PERTE del Ministerio de Industria). Si tu convocatoria lo exige, el auditor debe usarlo.

Qué documentación te pedirá el auditor

  • Bases reguladoras, convocatoria, resolución de concesión y modificaciones.
  • La cuenta justificativa firmada: memoria de actuación y memoria económica abreviada.
  • La relación clasificada de gastos, con las facturas originales y los justificantes de pago.
  • Los registros contables donde figuran esos gastos.
  • Las tres ofertas de proveedores cuando son obligatorias, y la memoria que justifique la elección si no se eligió la propuesta económica más ventajosa.
  • El cálculo de los costes indirectos, si los hay.
  • Una declaración de otras ayudas o ingresos para la misma actividad.
  • Una declaración sobre subcontratación, si procede.
  • La tasación de inmuebles, si la ayuda financió su compra.
  • La carta de pago del reintegro de remanentes, si sobró dinero.
  • Al final, una carta de manifestaciones firmada.

Si tu entidad tiene otro auditor de cuentas anuales, el auditor de la subvención le pedirá información, con tu autorización (art. 3.1.c de la Orden).

El contrato con el auditor

El encargo se formaliza en un contrato con, como mínimo (art. 4 de la Orden):

  • Tu obligación de preparar y facilitar la documentación.
  • La obligación del auditor de revisar y emitir el informe conforme a la norma.
  • El sometimiento a las normas de independencia del auditor.
  • El deber de confidencialidad.
  • Tu autorización para la comunicación entre auditores.
  • El calendario y el plazo de entrega del informe.
  • Los honorarios y las horas estimadas.

Después del informe

El auditor debe conservar la documentación de su trabajo un mínimo de ocho años desde la fecha del informe (art. 6.2). El órgano concedente y el de control financiero pueden acceder a ella (art. 5). Que haya informe de auditor no impide que la Administración haga sus propias comprobaciones.

Preguntas frecuentes

¿El informe de auditor de una subvención da una opinión?

No. Es un informe de revisión: detalla los procedimientos realizados y los hechos observados que puedan suponer un incumplimiento, para que el órgano gestor decida.

¿Dónde está el modelo de informe de auditor de subvenciones?

La Orden EHA/1434/2007 incluye un modelo para el sector público estatal. Algunos programas (por ejemplo, CDTI o los PERTE) publican su propio modelo en sus instrucciones de justificación.

¿Cuánto tiempo guarda el auditor la documentación?

Un mínimo de ocho años desde la fecha de emisión del informe, según el artículo 6.2 de la Orden EHA/1434/2007.

Informe de auditor para tu cuenta justificativa

  • Auditores ejercientes inscritos en el ROAC, que trabajan conforme a la Orden EHA/1434/2007 o a la norma de tu convocatoria.
  • Presupuesto cerrado según el volumen de justificantes. Nunca un porcentaje de la ayuda.
  • Trabajo en remoto, en toda España.
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